SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1486/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1486/2002-R

Fecha: 04-Dic-2002

II.2

II.2. Que, en virtud de las diligencias de policía judicial (caso 20185), el Fiscal remite antecedentes a conocimiento del Juez de Instrucción de Turno para que dicte el Auto de enjuiciamiento penal, en virtud del art. 261 del CPP de 1973 (juicio por delitos de acción privada) (fs. 87); Auto que es pronunciado en 27 de abril de 2001 por la Jueza Primero de Instrucción en lo Penal recurrida, la que además dispone mandamiento de comparendo a los fines de la declaración confesoria (fs. 90); con el auto de referencia y mandamientos de comparendo de 29 de junio y 20 de julio de 2001, el procesado (recurrente) es citado personalmente (fs. 89 vta., 90 vta. y 92 vta.).