SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1492/2002- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1492/2002- R

Fecha: 06-Dic-2002

improcedente

Que, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz, de acuerdo con el dictamen Fiscal, declaró improcedente el recurso con el fundamento siguiente: a) que las declaraciones emitidas por el recurrido por medios de prensa y televisivos, no son prueba suficiente; b) que la empresa recurrente el 29 de octubre de 2001 solicitó ampliación del contrato, a la cual el S.N.C., por carta de 1 de febrero de 2002, contestó rechazando la petición, lo que denota que el recurso no ha sido planteado con la inmediatez exigida por el Amparo, dado que hasta la interposición del mismo han transcurrido siete meses y c) que la recurrente el 2 de febrero de 2002, presentó demanda ordinaria la misma que ha sido reconvenida por el S.N.C. demandando la resolución del contrato por incumplimiento y resarcimiento del daño, por lo que son de aplicación los incs. 1 y 3 del art. 96 LTC.