Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1496/2002-R
Fecha: 09-Dic-2002
I.2.2.4.
I.2.2.4. Por último, manifiesta que si bien presenta el informe ante el Tribunal de amparo, no reconoce su competencia territorial toda vez que el acto supuestamente ilegal fue realizado en Cochabamba y porque tiene su domicilio en la ciudad de Cochabamba, pidiendo se declare improcedente el recurso por las razones expuestas y por incompetencia territorial.