Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1496/2002-R
Fecha: 09-Dic-2002
improcedente
La resolución dictada el 4 de octubre de 2002 (fs. 218 vta.-219), declaró improcedente el recurso, sin lugar a daños y perjuicios, por la causal contenida en el art. 96.3) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), al advertirse que la recurrente no utilizó el recurso de reposición bajo alternativa de apelación previsto en el art. 215 del Código de procedimiento civil (CPC) para impugnar las resoluciones señaladas de ilegales.