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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1496/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1496/2002-R

    Fecha: 09-Dic-2002

    II.3.

    II.3.    No se evidencia en obrados que la empresa unipersonal “Cono Sur”, representada por la recurrente, se haya apersonado y solicitado en la vía incidental que las medidas cautelares ordenadas por el juez recurrido sean dejadas sin efecto por ocasionarle perjuicios, no obstante ser una entidad diferente y ajena a la litis por el hecho de llevar el mismo nombre que la empresa demandante.

    • Elen Sosa Saucedo, Gerente de la empresa unipersonal “Cono Sur”
    • I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2.1.
    • I.2.2.2.
    • I.2.2.3.
    • I.2.2.4.
    • improcedente
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • APROBAR

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