Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1501/2002-R
Fecha: 09-Dic-2002
II.2.
II.2. La empresa representada por los recurrentes, planteó recurso de apelación contra el auto anterior, mereciendo el auto de 20 de junio de 2002 que rechaza la apelación planteada fundándose en que el ejecutado debió plantear reposición y no apelación conforme al art. 215 CPC (fs. 59-61 y 67 vta.).
- Camilo Medina Rodríguez y Carla Paula Alejandra Salces de Monje, en representación de Industria Molinera y Balanceado de Alimento para Aves y Ganado Agroindustrial Rivera Imba Sociedad Anónima (IMBA S.A.)
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- improcedencia
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR