Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1501/2002-R
Fecha: 09-Dic-2002
II.4.
II.4. Admitido el recurso, los Vocales recurridos dictaron el Auto de Vista de 3 de enero de 2002, que declara ilegal la compulsa, arguyendo que la resolución apelada es un auto interlocutorio susceptible del recurso de reposición contra el que alternativamente se puede interponer apelación conforme a los arts. 215 y 216.II CPC, realizándose las notificaciones correspondientes el 8 de agosto del año en curso (fs. 73 vta.-75 vta.).
- Camilo Medina Rodríguez y Carla Paula Alejandra Salces de Monje, en representación de Industria Molinera y Balanceado de Alimento para Aves y Ganado Agroindustrial Rivera Imba Sociedad Anónima (IMBA S.A.)
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- improcedencia
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR