SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1521/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1521/2002-R

Fecha: 16-Dic-2002

a)

Concluida la audiencia, el Juez de Sentencia de Villa Tunari de la Provincia Chapare, declaró improcedente el recurso con el fundamento siguiente: a) que ante la solicitud de detención preventiva contra la representada, el recurrido en estricta aplicación del art. 233 CPP, dio curso a la medida, decisión que fue confirmada en apelación, b) que el cuaderno de investigación se encuentra en la Corte Superior del Distrito, por encontrarse pendiente de resolver una apelación, por lo que no es posible revisar otros defectos absolutos atribuibles al Ministerio Público y c) que en cuanto al nombre o identificación de la imputada, esto puede ser corregido incluso en ejecución penal conforme al art. 83 CPP.