SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1528/2002-R
Fecha: 16-Dic-2002
II.2
II.2 En ejecución de sentencia el recurrente solicitó al Juez de la causa, ordene a la Alcaldía Municipal emita la certificación sobre el valor catastral del inmueble hipotecado (fs. 19). La autoridad jurisdiccional por Auto de 27 de noviembre de 2001, al declarar ejecutoriada la sentencia designó un perito de oficio con el fin de contar con el verdadero valor del inmueble motivo de posterior subasta (fs. 19 vta.), resolución que es confirmada en apelación mediante el Auto de Vista de 5 de septiembre de 2002 pronunciado por la Sala Civil Segunda con el argumento de que los avalúos son los más próximos al precio real que los fiscales pues por ello resultan convenientes tanto para el ejecutante como ejecutado (fs 20).