SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1533/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1533/2002-R

Fecha: 16-Dic-2002

procedente

Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara  procedente el recurso disponiendo la restitución inmediata de la recurrente como Directora del SEDUCA, sin resarcimientos de daños civiles  con los siguientes fundamentos: 1) la suspensión de la recurrente suprime  la garantía constitucional  de la presunción de inocencia y del principio de licitud de los actos administrativos previstos por los arts. 16 CPE y 28 de la Ley de Administración y Control Gubernamentales (LSAFCO) respectivamente; 2) restringe el derecho al trabajo  pues la supuesta denuncia  no está acreditada por acusación formal o sentencia condenatoria de acuerdo  a lo que establecen los arts. 323, 329 y 365 CPP; 3)  la recurrente no tiene otro medio o recurso legal para restablecer sus derechos vulnerados  toda vez que el motivo de su suspensión  cae en el ámbito penal, para cuyo efecto prevalece el reconocimiento y protección de los derechos fundamentales a través del amparo