SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1546/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1546/2002-R

Fecha: 16-Dic-2002

III.1.

III.1. El amparo constitucional ha sido instituido como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir  derechos y garantías fundamentales de la persona, reconocidos por la Constitución y las leyes, siempre que no hubiera otro recurso legal para lograr dicha  protección. De esa definición se establece como una de sus principales características la subsidiariedad, que implica que este recurso procede única y exclusivamente cuando la ley no establece ninguna vía para que la persona pueda reclamar el respeto del derecho que estima lesionado, o cuando ha agotado todos los medios legales existentes, o, finalmente, cuando  los recursos o vías previstas para que realice sus reclamos no le aseguran la protección inmediata y eficaz  que busca ante la inminencia e irreversibilidad de un daño.