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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1560/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1560/2002-R

    Fecha: 16-Dic-2002

    II.6.

    II.6.    El 7 de agosto, la Comisión de Etica abrió el término probatorio de diez días, notificándose por cédula al recurrente con la denuncia, la apertura del sumario y la apertura de prueba, tanto en su domicilio como en las oficinas de la alcaldía, en presencia de un testigo, finalmente, el 4 de septiembre elevó su informe al Concejo Municipal (fs. 24-25; 141, 143-145 y 159 y vta.).

    • Ramiro Montaño Orellana, Alcalde Municipal de Arani,
    • I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
    • I.2.2. Informe de los recurridos
    • improcedente
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.9.
    • II.10.
    • a)
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.

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