Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1563/2002-R
Fecha: 16-Dic-2002
II.1
II.1 La Ordenanza Municipal 2681/2001 de 20 de julio, enmienda y modifica el art. 21 del Reglamento de Estaciones de Servicio y Gasolineras, aprobado mediante Ordenanza Municipal 1252/93 de 30 de julio, al establecer que las nuevas Estaciones de expendio de combustible de gasolina, diesel, y Estaciones de Servicio de Gas Natural Comprimido, deberán ser ubicadas a una distancia mínima de 500 metros radiales, de las estaciones de servicio existentes.” (fs. 166-167), publicada el 8 de febrero de 2002 (fs. 171).