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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1575/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1575/2002-R

    Fecha: 20-Dic-2002

    II.2

    II.2           Mediante Auto de 18 de septiembre de 2002 se declaró ejecutoriada la sentencia, conminando a la parte demandada a cancelar el monto adeudado dentro de los  tres días (fs. 5). El 31 de agosto de 2002, a solicitud de la parte demandante el Juez de la causa ordenó que se libre mandamiento de apremio en contra de los demandados (fs. 37-39).

    • Johann Echeverría Céspedes en representación de Alberto Aranibar Strampfer
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso.
    • a)
    • 1)
    • El representante del Ministerio Público
    • improcedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • APROBAR

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