Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1575/2002-R
Fecha: 20-Dic-2002
II.2
II.2 Mediante Auto de 18 de septiembre de 2002 se declaró ejecutoriada la sentencia, conminando a la parte demandada a cancelar el monto adeudado dentro de los tres días (fs. 5). El 31 de agosto de 2002, a solicitud de la parte demandante el Juez de la causa ordenó que se libre mandamiento de apremio en contra de los demandados (fs. 37-39).