Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1575/2002-R
Fecha: 20-Dic-2002
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) en ejecución de sentencia se produjo un incidente de nulidad de notificación que fue resuelto por el Juez demandado anulando obrados, contra la cual la parte agraviada puede plantear por el medio ordinario el recurso de apelación que le franquea la ley; 2) el amparo constitucional no es sustituto de otros medios o recurso que franquea la ley.