SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1583/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1583/2002-R

Fecha: 18-Dic-2002

III.1.

III.1. Que, los Directores cumplirán las funciones para las que fueron elegidos por el término de dos años y están obligados a permanecer en el desempeño de sus funciones hasta que en nueva elección se nombre a un Directorio que asuma sus cargos; es atribución del Presidente del Directorio expedir las convocatorias para el verificativo de Asamblea General Ordinaria en la que se podrá elegir a los miembros componentes del Directorio de la Cámara, conforme se establece en los arts. 42, 43 y 56 inc. c) del Estatuto de la Cámara Departamental de Transportes.

            Que, en la especie el Directorio de la Cámara Departamental de Transportes, cuya Presidencia se encuentra a cargo del recurrente José Reyes Castro, ha sido elegida el 11 de marzo de 1999; si bien es cierto que el término del mandato para el que fue elegido ese Directorio a la fecha feneció, no es menos cierto que por expresa determinación de sus normas internas ese Directorio debe seguir desempeñando sus funciones hasta que se produzca una nueva elección como emergencia de una convocatoria a Asamblea Ordinaria que deberá expedirla su Presidente.

            Que, sin embargo de una revisión de antecedentes se constata que la primera Convocatoria a Asamblea General Ordinaria para elección del Directorio emitida el 28 de marzo de 2002 por el Directorio a la cabeza de su Presidente José Reyes (fs. 67), fue dejada sin efecto de manera arbitraria por Humberto Gonzáles, quien en su condición de Vicepresidente (no de Presidente) expidió el 02 de abril de 2002 otra Convocatoria a Asamblea General Ordinaria que se realizó el 09 del mismo mes y año, oportunidad en la que habrían sido “elegidos” Humberto Gonzáles y los demás recurridos, como miembros de un nuevo Directorio.

Que, la última convocatoria al no ajustarse al marco de su normativa interna no es válida y como consecuencia tampoco puede ser válida la Asamblea de 09 de abril de 2002 en la que supuestamente se habría elegido a nuevos Directores, a la cabeza del recurrido Humberto Gonzáles; ilegalidades que por si solas ameritan la protección demandada.