Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1586/2002-R
Fecha: 18-Dic-2002
Fragmento 4
Mediante su abogado el recurrente ratificó los extremos de su demanda y expresó que existían tres órdenes para que su representado sea trasladado al Micro Hospital del Penal, las que no han sido cumplidas, y que no tienen otra instancia ante la cual apelar, pues si bien ocurrieron ante el Juez de Ejecución, hasta la fecha no se dio cumplimiento a su determinación.