SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1586/2002-R
Fecha: 18-Dic-2002
PROCEDENTE
Concluida la audiencia la Sala Penal Primera de la Corte Superior, de acuerdo con el dictamen fiscal, pronunció la Resolución de 17 de octubre de 2002, que corre a fojas 72-74, por la que se declara PROCEDENTE el Recurso ordenado que la autoridad recurrida de cumplimiento inmediato a las resoluciones judiciales de traslado del recurrente al Micro Hospital del Penal hasta que la salud del interno mejore y la seguridad del Penal sea restablecida, con estos fundamentos: a) el recurrido sin justificativo valedero ha omitido dar cumplimiento a la orden judicial de traslado del recurrente al Micro Hospital de la Penitenciaria, con lo que ha puesto en tela de juicio el delicado estado de salud del mismo y b) el recurrido no consideró que Palmasola es uno de los centros de reclusión más violentos y que lo único que pretendió el Juez de Ejecución al disponer el traslado del recurrente fue precautelar su vida y su salud e integridad física que todo ciudadano merece, aún esté privado de libertad.