SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1590/2002-R
Fecha: 19-Dic-2002
IMPROCEDENTE
La Sentencia 55/02 de 28 de octubre de 2002, cursante a fs. 414 y 415, dictada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara IMPROCEDENTE el recurso, con estos fundamentos: 1) se evidencia que los locales de propiedad de los recurrentes incumplieron las normas que establece el Reglamento de la materia, en especial lo relativo a la prohibición de admitir menores de edad, expendio de bebidas alcohólicas a los mismos y falta de Licencia de Funcionamiento; 2) el recurrente y sus representados “no ejercitaron y no utilizaron los recursos administrativos que reconoce la Ley de Municipalidades”, dentro de los plazos previstos, es decir que no agotaron la vía administrativa para lograr su pretensión.
- Francisco Bonifacio Ramos Quispe, por sí y en representación de Ana Torrejón Peñaloza de Ibáñez, Macario Vera Monroy y Juan Tomás Quispe Nina
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- APRUEBA