Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 133/02-R
Fecha: 20-Feb-2002
Vistos:
Vistos: En revisión, la Resolución de fs. 278 y vta, pronunciada el 26 de noviembre de 2001 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Maria Rosario Roca Taborga contra Roque Leaños Krutzfeldt, Juez Liquidador Cuarto de Instrucción en lo Penal de la misma Corte; los antecedentes que cursan en el expediente; y
- Vistos:
- Considerando:
- IMPROCEDENTE
- Consta de obrados que las notificaciones realizadas a la recurrente se realizaron en la Av. Tres Pasos al Frente, en virtud al último domicilio registrado en la oficina de identificación.
- siete meses
- única función garantizar la libertad individual, la libertad de locomoción.
- Por tanto: