Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 251/2002-R
Fecha: 11-Mar-2002
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado, 7-8º) y 93 de la Ley Nº 1836, con los fundamentos expuestos, APRUEBA la Resolución cursante de fs. 137 a 140 de obrados, dictada el 21 de enero de 2002 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba.
- Partes:
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- a)
- 3.
- 2)
- 6)
- CONSIDERANDO:
- no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado con la privación de libertad,
- si bien la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal de Cochabamba cometió un acto ilegal al declinar competencia en razón de territorio,
- POR TANTO: