Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 26/2002
Fecha: 13-Mar-2002
III.3.
III.3. Los aportes a favor del Ministerio de Salud y Previsión Social no tienen criterio de liberalidad, están destinados a campañas nacionales de prevención de enfermedades, en consecuencia se limitaron a cumplir la ley, por lo que solicita se declare infundado el Recurso, imponiendo costas y multa.