Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 343/2002-R
Fecha: 02-Abr-2002
procedente
Consecuentemente, el Juez del Recurso, al haberlo declarado procedente, ha evaluado correctamente los datos del proceso y aplicado debidamente las normas legales pertinentes, debiendo dejarse sin efecto la Resolución Municipal Nº 1/2002 de 10 de enero de 2002, ya que el Juez de Amparo declaró nulas la sesión y el acta de la fecha.