Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 525/2002-R
Fecha: 08-May-2002
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª) de la Constitución Política del Estado, 7.8ª) y 102-V de la Ley Nº 1836, con los fundamentos expuestos, REVOCA la Sentencia de 8 de marzo de 2002, cursante a fs. 116 y 117 de obrados, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, y declara IMPROCEDENTE el Amparo Constitucional interpuesto por Ana María Cortez Chaín.