Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 573/2002-R
Fecha: 20-May-2002
acarrea la improcedencia de este Recurso Extraordinario
Por consiguiente, el representado de la recurrente tenía la facultad de plantear el referido Recurso contra la Resolución Camaral Nº 135/2001-2002, cuya declaratoria de nulidad busca, razón que acarrea la improcedencia de este Recurso Extraordinario que entre sus caracteres básicos tiene la subsidiariedad que determina que procede exclusivamente cuando la Ley no contempla ningún otro recurso o medio para que la persona reclame el respeto de los derechos que estima lesionados, o cuando existiendo esos medios, no le aseguren la inmediatez y eficacia necesaria en la protección frente a un inminente e irreparable daño, aspectos que no se presentan en el caso de autos.
- Partes:
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- a)
- 3.
- 2) Roberto Fernández O., en 18 de febrero de 2002
- 4)
- 5)
- 6)
- 7) Por carta COM-ETICA: Nº 122/2001-2002 de 11 de marzo
- 8)
- CONSIDERANDO:
- Recursos contra Resoluciones Congresales o Camarales,
- acarrea la improcedencia de este Recurso Extraordinario
- POR TANTO: