Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 608/2002-R
Fecha: 27-May-2002
Fragmento 4
Estima que con esa actitud, los recurridos la han colocado en indefensión, pues “hicieron aparecer” una notificación con la Resolución de rechazo fechada en 15 de enero de este año, cuando casi todos los días se apersonaba a la P.T.J. indagando por su caso sin recibir respuesta alguna, lo cual provoca inseguridad jurídica y una lesión a los derechos que le asisten como víctima de la comisión de delitos. En mérito a lo expuesto, interpone Recurso de Amparo Constitucional, solicitando sea declarado procedente, se deje sin efecto la Resolución Nº 09/02, se ordene la recepción de su declaración informativa y la prosecución de la investigación hasta su total esclarecimiento.