Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 630/2002-R
Fecha: 04-Jun-2002
5)
5) La Resolución de 15 de marzo de 2002 (fs. 36 ), emitida por la Jueza Cautelar recurrida, rechazó las excepciones de incompetencia y falta de acción, disponiendo la continuación de la investigación. Esta determinación fue apelada por la imputada por escrito de 23 de marzo (fs. 37 a 39), en el que reitera que la excepción de falta de acción se apoya en que el informe grafotécnico se basó en un documento que existe en fotocopia y no en original. La alzada fue concedida el 25 de marzo de 2002 (fs. 39 vta.),encontrándose pendiente de resolución.