SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 670/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 670/2002-R

Fecha: 07-Jun-2002

El art. 227 del cuerpo de normas referido, determina los casos en que la Policía puede aprehender a una persona, señalando en su inciso 3) el cumplimiento de una orden emanada del Fiscal.

En la especie, se tiene evidencia que la aprehensión de los dos recurrentes, fue ordenada por el Fiscal Jorge Pedraza Romero,  siendo ejecutada, respecto de Alberto Huayta Quispe, por el Cabo Gerónimo Mamani Loza -que no ha sido recurrido- el 2 de abril. Consecuentemente, los funcionarios policiales ahora recurridos, no han cometido acto ilegal alguno, por cuanto  aprehendieron al recurrente en virtud del mandamiento del Fiscal, que es quien incurrió en una detención indebida por las razones que se  indican seguidamente: