Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Por lo expuesto, interpone recurso de amparo constitucional contra Rebeca Cabrera Montecinos, Adriana Zubieta Moreno, Mirian Denissse Arce Birbuet, Gladys Borja y Mínica Eunise Barreda Luján, Representnte ante la Confederación Nacional de Profesional
Fecha: 12-Ago-2002
a)
El abogado de la recurrente ratifica los términos del Recurso planteado y los amplía manifestando que: a) el 21 de enero de 2001 se la notificó con la fotocopia de la resolución que la expulsa con ignominia como miembro del Colegio Nacional de Nutricionistas de Bolivia; b) no se la convocó para que pueda defenderse cuando se realizó el Congreso Científico de Nutricionistas de Bolivia del 10 al 14 de julio de 2001, en cuyas horas de la tarde a la conclusión de las sesiones, se convocó a un Congreso Nacional Gremial ilegal; c) se infringieron los arts. 67 y 121 del Estatuto Orgánico además de las disposiciones legales citadas en el Recurso.
- María del Rosario Ascarrunz Mercado contra Rebeca Cabrera Montecinos, Adriana Zubieta Moreno, Mirian Denissse Arce Birbuet, Gladys Borja y Mínica Eunise Barreda Luján, Representnte ante la Confederación Nacional de Profesionales de Bolivia y Presidenta saliente del Colegio Nacional de Nutricionistas de Bolivia, Presidenta actual, Presidenta del Colegio de Nutricionistas de La Paz y Vocales del Presidium todas Delegadas ante el VII Congreso Gremial Nacional de Nutricionistas
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades o personas recurridas y petitorio.-
- a)
- 1)
- El representante del Ministerio Público
- procedente
- II.1.
- III.1
- III.2