Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Por lo expuesto, interpone recurso de amparo constitucional contra Rebeca Cabrera Montecinos, Adriana Zubieta Moreno, Mirian Denissse Arce Birbuet, Gladys Borja y Mínica Eunise Barreda Luján, Representnte ante la Confederación Nacional de Profesional
Fecha: 12-Ago-2002
procedente
Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia la Resolución que declara procedente el Recurso con los siguientes fundamentos: 1) se conculcaron los derechos y garantías constitucionales de la recurrente previstos por los arts. 6, 16, 19 y 31 CPE, ya que la Resolución que dispone su expulsión no fundamenta ni aporta elementos que justifiquen la medida ni tiene sustento legal; 2) no fue sometida a proceso previo omitiendo el procedimiento establecido en el Código de Etica Profesional y Estatuto Orgánico que rige la entidad.
- María del Rosario Ascarrunz Mercado contra Rebeca Cabrera Montecinos, Adriana Zubieta Moreno, Mirian Denissse Arce Birbuet, Gladys Borja y Mínica Eunise Barreda Luján, Representnte ante la Confederación Nacional de Profesionales de Bolivia y Presidenta saliente del Colegio Nacional de Nutricionistas de Bolivia, Presidenta actual, Presidenta del Colegio de Nutricionistas de La Paz y Vocales del Presidium todas Delegadas ante el VII Congreso Gremial Nacional de Nutricionistas
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades o personas recurridas y petitorio.-
- a)
- 1)
- El representante del Ministerio Público
- procedente
- II.1.
- III.1
- III.2