Por lo expuesto, interpone recurso de amparo constitucional contra Rebeca Cabrera Montecinos, Adriana Zubieta Moreno, Mirian Denissse Arce Birbuet, Gladys Borja y Mínica Eunise Barreda Luján, Representnte ante la Confederación Nacional de Profesional
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Por lo expuesto, interpone recurso de amparo constitucional contra Rebeca Cabrera Montecinos, Adriana Zubieta Moreno, Mirian Denissse Arce Birbuet, Gladys Borja y Mínica Eunise Barreda Luján, Representnte ante la Confederación Nacional de Profesional

Fecha: 12-Ago-2002

procedente

Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia la Resolución que declara procedente  el Recurso con los siguientes  fundamentos: 1)  se conculcaron los derechos y garantías constitucionales de la recurrente previstos por los arts. 6, 16, 19 y  31  CPE, ya que la Resolución que dispone su expulsión no fundamenta ni aporta elementos que justifiquen la medida ni  tiene sustento legal; 2) no fue sometida a proceso previo omitiendo  el procedimiento establecido en el Código de Etica Profesional y Estatuto Orgánico que rige la entidad.