Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1016/2002-R
Fecha: 20-Ago-2002
II.3.
II.3. En cumplimiento de la SC 1310/2001, los recurridos procedieron a pagar el bono de antigüedad de la gestión 2001 sobre la base de tres sueldos mínimos nacionales conforme afirman ambas partes, habiéndose negado a pagar dicho bono por las gestiones de 1993 al 2000, cuyo pago reclaman ahora los recurrentes a través del presente amparo indicando que el fallo constitucional hubiera sido cumplido sólo en forma parcial (fs. 114-117 y 127-133).
- Blaz Quispe Paco y Jhonny López Barba en representación de la Confederación Sindical de Trabajadores del Sistema de Seguridad Social y Ramas Afines de Bolivia contra la Caja Petrolera de Salud representada por Natalio Fernández Pommier y Manlio Roca Pereyra
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe de los recurridos
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- REVOCAR