SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1016/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1016/2002-R

Fecha: 20-Ago-2002

III.3.

III.3. La línea jurisprudencial citada, es de aplicación al caso analizado, ya que los recurrentes denuncian el cumplimiento parcial de la SC 1310/2001-R, extremo que debe ser representado al Tribunal o Juez que conoció el primer amparo, a efecto de que ordene el acatamiento de la Sentencia Constitucional por parte de las autoridades recurridas y en su caso, determine si la misma fue o no cumplida a cabalidad, y sólo si estableciera que los demandados no observaron totalmente lo dispuesto en ese fallo constitucional, dispondrá con plena jurisdicción y competencia y en aplicación del art. 104 LTC, la remisión de antecedentes al Ministerio Público para el procesamiento penal de los demandados por el delito incurso en el art. 179-bis CP;  sin perjuicio de ordenar y hacer cumplir la Sentencia Constitucional aludida.