Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 931/2002-R
Fecha: 02-Ago-2002
II.7.
II.7. Devuelto el expediente, en ejecución de sentencia, ante la reiterada solicitud del demandante para la emisión de mandamiento de apremio, la Jueza dictó el Auto de 23 de marzo de 2002 (fs. 223 vta.) en el que ordenó el embargo de los bienes del F.I.S. y la retención de sus fondos. Contra esa decisión, el demandante interpuso apelación (fs. 232 y 233) que dio lugar al Auto de Vista de 29 de abril de 2002 (fs. 245), que revocó la resolución apelada y ordenó que la Jueza cumpla lo establecido por el art. 216 del Código Procesal del trabajo.