SENTENCIA CONSTITUCIONAL 936/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 936/2002-R

Fecha: 02-Ago-2002

PROCEDENTE

Concluida la audiencia, la Resolución que sale de fs. 53-55, declara PROCEDENTE el Recurso, disponiendo que en el día se abra la puerta de la Alcaldía, con los siguientes argumentos: a) en ninguna parte de la Ley de Participación Popular y su Decreto Reglamentario, se reconoce a comités de fiscalización y b) los Comités de Vigilancia (no los comités de fiscalización), son quienes pueden pronunciarse sobre los recursos de la participación popular, lo que no ha ocurrido en el caso.