SENTENCIA CONSTITUCIONAL 941/2002-R
Fecha: 05-Ago-2002
I.2.2. Informe de los recurridos
Los Concejales demandados, a excepción de Silvia Eugenia Guzmán, informaron de fs. 40 a 41 que los recurrentes fueron sometidos a procesos coactivos, en los que asumieron defensa, consintiendo en forma libre y expresa la competencia del Juez de Partido de Monteagudo. Que los recurrentes plantearon anteriormente un Amparo contra las sentencias cuestionadas dictadas por el Juez de Partido de Monteagudo que fue declarado improcedente mediante SC 52/02 de 12 de abril de 2002. Que el proceso coactivo seguido contra los recurrentes y otros, se encuentran actualmente en grado de apelación, es decir que la Sentencia 14 de 19 de febrero de 2002 no está ejecutoriada, siendo aplicable el art. 96-3) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
- Víctor Hugo Cuba Arancibia y Hugo Carrasco Callejas en representación de Ivert Durán Gutiérrez y José Luis Hinojosa Flores contra Arnaldo Saavedra Q., Silvia Eugenia Guzmán Martínez, Hugo Abdelnur y Bonifacio Aguilera
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe de los recurridos
- improcedente
- II.2.
- III.2.
- III.3.
- contra
- I.1.1. Relación sintética de los hechos que motivan el Recurso.
- I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso.
- III.4.
- III.5.