Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 956/2002 - R
Fecha: 13-Ago-2002
I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
Que, con la documentación que acompaña acredita que tramitó su transferencia como asesor pedagógico del Núcleo de Polla de la jurisdicción de la Provincia Cercado del Departamento de Tarija, al Núcleo de San Mateo, lo cual se dispuso mediante la Circular DGCT/UCAP/153/2002, de 18 de febrero de 2002, expedida por el Director General de Coordinación Técnica dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes; empero, los recurridos sin justificativo alguno, se niegan hasta la fecha dar cumplimiento a dicha orden, e incluso pretenden asignar a otro en el Núcleo al que fue transferido, incurriendo con esa actitud en acto ilegal.