Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 990/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
III.3.
III.3. Que en la especie, el Superintendente recurrido mediante Resolución Administrativa Regulatoria 2002/0337 resolvió “denegar el recurso de revocatoria interpuesto por la empresa Illimani de Comunicaciones S.A. ... sin ulterior recurso”. Al ser evidente la denegatoria del recurso de revocatoria, la mención “sin ulterior recurso”, no impedía al recurrente dentro de término legal, plantear el recurso jerárquico correspondiente.
- Dieter Garafulic Lehm por la Empresa “Illimani de Comunicaciones S.A.” contra Guido Loayza Mariaca, Superintendente de Telecomunicaciones,
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.