Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 990/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
IMPROCEDENTE
Concluida la audiencia la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Resolución que sale de fs. 50, que declara IMPROCEDENTE el Recurso, con los siguientes argumentos: a) denegado el recurso de revocatoria, se debió interponer recurso jerárquico, de acuerdo a lo previsto por el art. 58 del DS 24505 y b) el Amparo se plantea si es que no hubiera otro medio o recurso legal para resguardar derechos.
- Dieter Garafulic Lehm por la Empresa “Illimani de Comunicaciones S.A.” contra Guido Loayza Mariaca, Superintendente de Telecomunicaciones,
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.