SENTENCIA CONSTITUCIONAL 992/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 992/2002-R

Fecha: 16-Ago-2002

I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.

Que el Ministerio Público procedió a la apertura de un proceso de investigación en su contra, por la comisión de delito de contratos lesivos al Estado, habiendo el Fiscal recurrido pasado la investigación bajo control jurisdiccional. Sin embargo no se puso nunca a conocimiento de los impetrantes por cuanto en ningún momento se los notificó.

El Fiscal recurrido con anterioridad a la presentación de la imputación formal, requirió por la aplicación de una medida cautelar en su contra como es el arraigo. El Juez sin disponer la notificación de ese requerimiento y sin fijar la audiencia correspondiente, ordenó su arraigo y dispuso se remitan oficios a Migración para el efecto.

Por información de algunos medios de comunicación social -dicen-, se enteraron de la existencia de la investigación sobre actos relacionados con la firma del contrato de venta de la fundición de Vinto (en el que sus personas cumplieron funciones de asesoramiento externo y de mandatos de gestión), por lo que en 20 de mayo de 2002 presentaron un memorial aclaratorio e inclusive Sergio Salazar presentó una declaración voluntaria ante el Fiscal,  sin que pese a ello el Fiscal les haya comunicado la existencia de una medida cautelar en contra suya.