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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 992/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 992/2002-R

    Fecha: 16-Ago-2002

    III.2.

    III.2.  Que el Juez Cautelar, como encargado del control jurisdiccional del desarrollo de la investigación, emitirá las resoluciones jurisdiccionales correspondientes respecto a las partes, la primera de la cual deberá ser necesariamente notificada en forma personal, como se colige de los arts. 54 y 163-1) del Código de Procedimiento Penal.

    • Fernando Salazar Paredes y Sergio Salazar Machicado
    • I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente violados.
    • 1.-
    • PROCEDENTE
    • II.1.
    • II.2.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • III.5.
    • III.6

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