Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 992/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
III.5.
III.5. Que en el caso presente, se evidencia que se ha dejado a los recurrentes en una situación de indefensión inadmisible, por cuanto se les ha impuesto la medida cautelar del arraigo sin que previamente se les haya notificado con el inicio de la investigación y se les haya dado la oportunidad de oponerse a dicha medida cautelar, vulnerándose como consecuencia su derecho de libertad.