AUTO CONSTITUCIONAL 56/2002-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 56/2002-ECA

Fecha: 16-Sep-2002

II.4.

II.4.    Finalmente, en cuanto al pedido de  aclaración  sobre el aspecto  contemplado en el   punto I.4 de este Auto, conviene recordar al recurrente que el recurso directo de inconstitucionalidad fue planteado contra la Resolución RA-PE-01-001-02, emitida por la Dirección Ejecutiva de la Aduana Nacional en 10 de enero de la presente gestión, alegando expresamente la supuesta vulneración de los arts. 26 y 59-1ª y 2ª CPE, sin que en ninguna parte de su demanda hubiere mencionado siquiera  los arts. 146 Ley General de Aduanas (LGA) y 248 de su Decreto Reglamentario, y menos en relación a una supuesta contradicción entre dichas normas, es decir que no se  trató  tal aspecto en la Sentencia Constitucional porque no fue  planteado por el actor. Entonces, no se puede ingresar a dilucidar tal problemática por no ser atinente al recurso conforme fue formulado por el Diputado Nacional Guido Rodolfo Añez Moscoso.