Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1046/2002-R
Fecha: 02-Sep-2002
III.1.
III.1. Que el amparo constitucional ha sido instituido como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona, reconocidos por la Constitución y las Leyes, siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de esos derechos.
- Susana Ramírez de Vacaflor en representación de los Directivos de la Asociación de Comerciantes “San Carlos Colquiri”
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5. Mediante memoriales presentados en 19 de abril, 21 de mayo y 4 de junio del presente año
- III.1.
- III.3.
- III.4.
- III.5
- III.6.
- Fragmento 17