SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1073/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1073/2002 - R

Fecha: 09-Sep-2002

I.1.1 Hechos que motivan el recurso.

Que, dentro de la investigación en la etapa preparatoria de un proceso penal aduanero por el delito de contrabando, presentaron sus facturas de compra y demás documentos acreditando la legalidad de la mercadería considerada como ilegal, ante lo cual, el Fiscal Adscrito a la Aduana el 13 de junio de 2002, resuelve rechazar las actuaciones realizadas por la Unidad Operativa del Control Aduanero del Oriente en contra de los presuntos autores que serían su persona y sus mandantes, salvando los derechos de la Aduana Nacional para que proceda conforme a los recursos que le franquea la Ley; en consecuencia, ordenó la devolución de la mercadería que se les había decomisado. Con esa resolución, el 19 de junio de 2002, son notificados como también la Gerencia Regional de la Aduana Nacional, siendo remitidos los obrados al Fiscal del Distrito, quien, sin que las partes hubieran opuesto objeción a la citada resolución la revocó en forma ultrapetita;  actuar que es indebido, ya que la atribución conferida en el art. 40-15 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), no le faculta a actuar como lo hizo al dictar la resolución de revocatoria de 25 de junio de 2002.