SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1076/2002 -R
Fecha: 09-Sep-2002
I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
Que, dentro del proceso penal que se le sigue en el juzgado a cargo del recurrido, al no haberse probado su culpabilidad, se debe presumir su inocencia y no someterlo a una condena anticipada porque discutió y peleó con algunos policías, quienes aprovechándose de una denuncia en el año 1999, han hecho figurar como autor de varios hechos aprehendiéndolo, pero no obstante que han desistido de su denuncia, se mantuvo su detención, dado que el Juez Cautelar en lugar de velar por sus derechos y garantías, dispuso dicha medida, no obstante, que jamás fue citado para prestar su indagatoria en el Juzgado Segundo de Instrucción, pese a que su domicilio fue indicado en el proceso por el coimputado; empero, se siguió el mismo con esos vicios de nulidad, expidiéndose mandamiento de aprehensión en su contra, declarándose indebidamente su rebeldía. Que posteriormente, el Juez David Gonzáles Alpire, expidió otro mandamiento de aprehensión por un caso de accidente de tránsito, sin que tampoco se le hubiere citado legalmente, antecedentes que fueron puestos en conocimiento del recurrido, quien está tramitando su proceso, pero dicha autoridad, se niega a dar curso a su solicitud de cesación de la detención, manteniéndolo detenido ilegalmente.