Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1076/2002 -R
Fecha: 09-Sep-2002
improcedente
Concluida la audiencia el Juez Segundo de Partido de Sentencia de Montero, declaró improcedente el recurso con los fundamentos siguientes: a) que al haberse expedido mandamientos de detención formal, no “se puede revisar aspectos netamente de esa etapa por lo que el derecho del recurrente a reclamar ciertos aspectos, ha precluido” y b) que no se puede analizar si la situación jurídica del recurrente ha mejorado, ya que la cesación ha sido rechazada por el recurrido y el recurrente no ha apelado dicha decisión.