Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1078/2002-R
Fecha: 10-Sep-2002
IMPROCEDENTE
La Sentencia de 18 de julio de 2002, cursane a fs. 169 a 171, pronunciada por el Juez de Partido de Sacaba, declara IMPROCEDENTE el recurso, con estos fundamentos: 1) “si el imputado se sintió agraviado con la omisión a su solicitud, implícitamente rechazada con una providencia de mero trámite, tenía el recurso de reposición conforme determina el art. 401 CPP”; 2) el Amparo no es sustitutivo de otros recursos “y no puede ser utilizado como un remedio a ultranza para resolver omisiones o descuidos procedimentales, menos la pérdida de un memorial de mero trámite” (sic).