Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1088/2002-R
Fecha: 10-Sep-2002
III.2
III.2 No obstante de haber transcurrido más de un año, los recurrentes interponen el presente amparo constitucional en 26 de junio de 2002 indicando que las mencionadas resoluciones municipales vulneran sus derechos a la propiedad y al debido proceso, sin que oportunamente hubieran realizado su reclamo en la vía administrativa y, en su caso, en la judicial, más aún si existe controversia sobre el derecho propietario de los terrenos en cuestión.