SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1120/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1120/2002-R

Fecha: 16-Sep-2002

II.2

II.2     Reinstalada la audiencia, no se hizo presente el querellante concurriendo en su lugar dos abogados sin acreditar su personería solicitando la suspensión de la audiencia  justificando la inasistencia de su cliente,  por lo que  el Juez de la causa dictó el Auto de  22 de abril de 2002 que declara abandonada la querella y dispone la extinción de la acción penal  en aplicación de los arts. 292-4), 330 parte final, con  relación al art. 27-5)  CPP.  (fs. 51-52) y el complementario de 25 del mismo mes y año.