Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1132/2002-R
Fecha: 19-Sep-2002
II.1
II.1 Las Vocales demandadas conocieron el amparo constitucional seguido por José López Banegas contra el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial ahora recurrido, y por Sentencia de 18 de julio de 2002 declararon procedente el recurso, ordenando que el juzgador demandado cese la denegación de justicia en que incurrió y libre mandamiento de apremio contra el representado del recurrente, a fin de que éste cumpla las resoluciones judiciales, exhiba y entregue el vehículo motivo de la litis a sus legítimos propietarios. El 19 de julio de este año, se remitió el expediente en revisión al Tribunal Constitucional (fs. 185 a 188).
- F. Yves Ortiz Zúñiga en representación sin mandato de Manuel Oscar Ricaldi Morales
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio.
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- REVOCAR